DEFINICIÓN DE JUEGO DE CHANCE
Modalidad de Juego de Suerte y Azar, en la cual el jugador, en formulario oficial, en forma manual o sistematizada, indica el valor de su apuesta y escoge un número de no más de cuatro (4) cifras, que si coincide con el resultado del premio mayor de la Lotería o juego autorizado, gana un premio en dinero.
PLAN DE PREMIOS
1. Por el acierto de las cuatro (4) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden se pagarán $4.500 por cada $1 apostado.
2. Por el acierto de las cuatro (4) cifras seleccionadas por el jugador, en cualquier orden, se pagarán $208 por cada $1 apostado.
3. Por el acierto de las tres (3) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden, se pagarán $400 por cada $1 apostado.
4. Por el acierto de las tres (3) cifras seleccionadas por el jugador, en cualquier orden, se pagarán $83 por cada $1 apostado.
5. Por el acierto de las dos (2) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden, se pagarán $50 por cada $1 apostado.
6. Por el acierto de la última y única cifra seleccionada por el jugador, se pagarán $5 por cada $1 apostado.
INFORMACION DEL CONTRATO DE CONCESIÓN
Contrato Nro. 218 de 2014
Concedente: Lotería Santander
Concesionario: JUEGOS Y APUESTAS LA PERLA S.A
Fecha de inicio: 12 de febrero de 2015
Fecha de terminación: 11 de febrero de 2020
RECLAMACIÓN PARA EL PAGO DE PREMIOS
- Cualquier premio puede ser reclamado o cobrado en la oficina principal del concesionario autorizado JUEGOS Y APUESTAS LA PERLA S.A, ubicado en la Cra.16 No. 36-38. Para cobrar el premio debe presentar el formulario ganador y la cédula de ciudadanía.
- En todos los juegos de suerte y azar, el ganador debe presentar el documento de juego al operador para su cobro, en un término máximo de un (1) año contado a partir de la fecha de realización del sorteo; vencido ese término opera la prescripción extintiva del derecho. El término de prescripción se interrumpe con la sola presentación del documento ganador al operador.
- Presentado oportunamente el documento de juego para su pago, si éste no es pagado por el responsable dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la presentación del documento de juego ganador, el apostador podrá reclamar judicialmente el pago de mismo mediante el proceso verbal de mayor y menor cuantía, indicado en el Capítulo del Título XXIII del Código de Procedimiento Civil. La reclamación de premios por toda clase de juegos tendrá una caducidad judicial de un (1) año, contado a partir de la fecha de presentación del documento de juego para su pago, término que se interrumpe con la interposición de la correspondiente demanda.
CALENDARIO DEL SORTEO AUTORIZADO “ LA CULONA” AÑO 2017
Apuestas Permanentes:
- Ley 643 de 2001
- Decreto 1350 de 2003
- Decreto 3535 de 2005
- Decreto 4643 de 2005
- Decreto 4867 de 2008
- Ley 1393 de 2010
- Decreto 127 de 2010